El proceso de evaluación del sexenio de transferencia del conocimiento es paralelo y complementario al del sexenio de investigación, por lo que debe ser resuelto anualmente por la CNEAI sobre la base de las cinco aportaciones presentadas por los solicitantes en un periodo de 6 años. Habida cuenta de que se trata de reconocer la transferencia de la investigación propia de calidad, los solicitantes deberán haber demostrado debidamente su previa capacidad de realizar investigación significativa, siendo necesario haber acreditado evaluaciones positivas de al menos un sexenio en alguno de los campos científicos (del 1 al 11) incluidos en la evaluación de la actividad investigadora.
En la medida en que este sexenio trata de reconocer el impacto, proyección y visibilidad de procesos y resultados de transferencia del conocimiento significativos realizados por el solicitante, únicamente se considerarán aquellas aportaciones que supongan transferencia a agentes sociales y económicos de calidad fehaciente.
Las dimensiones en las que se enmarca la evaluación de estas actividades son cuatro: (1) transferencia mediante la formación de personas, (2) transferencia a través de actividades con instituciones, (3) transferencia generadora de riqueza económica y (4) transferencia generadora de valor social.
1.Transferencia a través de la formación de investigadores. En este apartado se incluirán actividades y proyectos que fomenten, por un lado, la formación de investigadores y, por el otro, la cultura emprendedora, a través de la creación de «startup o spin-off». Se tendrá en cuenta el tipo de actividad, grado de participación de la persona solicitante, indicios de calidad, entidades colaboradoras o financiadoras, número de personas beneficiadas y resultados de la actividad. La persona solicitante deberá indicar de forma breve la vinculación de la actividad con el avance científico-tecnológico. En los proyectos que fomenten la cultura emprendedora en el ámbito universitario, la persona solicitante deberá indicar el grado de participación en cada proyecto. Este mérito se acreditará mediante justificantes de los proyectos. Las aportaciones a considerar serán:
2. Transferencia del conocimiento propio a través de actividades con otras instituciones. En este apartado se valorarán y evaluarán las fórmulas contractuales que correspondan y resulten válidas en Derecho; como ocurre, por ejemplo, en el caso de las comisiones de servicios, de los servicios especiales o de las excedencias según la aplicación de la normativa estatal, autonómica y universitaria en vigor. Las aportaciones a considerar serán:
3. Transferencia generadora de valor económico. Este bloque pretende identificar aquellos indicadores que, por su impacto, generan mayor riqueza y tienen capacidad tractora en el territorio o en el seno de la comunidad a la que van dirigidos, como puede ser, por ejemplo, en términos de facturación de derechos de la propiedad intelectual o industrial en los distintos campos del saber: ciencia, patrimonio, tecnología, artes, etc. Las aportaciones a considerar serán:
4. Transferencia generadora de valor social. Se incluyen aquellas actividades que redundan en el beneficio de la sociedad civil y en sus distintos grupos de interés. Se valorarán aspectos relacionados con la proyección externa y con la consolidación de la imagen pública universitaria. Aportaciones:
Este proceso de evaluación es complementario al tramo de investigación resuelto anualmente por la Comisión Nacional de la Evaluación de la Actividad Investigadora. Se puede solicitar para el mismo periodo un sexenio de Transferencia y uno de investigación.
Los solicitantes deberán haber demostrado debidamente su previa capacidad de realizar investigación regular de calidad. A estos efectos, se considerará necesario haber obtenido previamente la evaluación positiva de un sexenio en alguno de los campos científicos incluidos en la evaluación de la actividad investigadora (del 1 al 11).
Las valoraciones solo serán consideradas si se trata de la transferencia a agentes sociales y económicos de resultados de calidad fehaciente desarrollados por el solicitante.
Recuerde: Para cualquier duda o consulta relacionada con esta solicitud, debe contactar directamente con Aneca.
Actualmente la ANECA contesta a las cuestiones relacionadas con los sexenios y con la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) en el Portal ANECA_responde,