Los sexenios consisten en el reconocimiento de la actividad investigadora de los funcionarios de carrera e interinos de los cuerpos docentes universitarios y de los organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado por la ANECA (Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación) .
Se somete a evaluación la actividad investigadora durante un periodo de 6 años (no necesariamente consecutivo), conocido como "tramo de investigación". Estos tramos comprenden años naturales, es decir, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Además, aquellas fracciones superiores a ocho meses se consideran también como año natural.
El investigador aportará los datos bibliográficos, el resumen y los indicios de calidad de 5 publicaciones (más 2 adicionales) correspondientes al tramo de seis años para el que solicita el reconocimiento del sexenio, siendo el propio investigador el que selecciona las aportaciones, de ahí la importancia de seleccionar aquellas de mayor calidad.
Los criterios de calidad de la investigación son diferentes para cada área de conocimiento, estableciéndose 11 campos temáticos para que el solicitante pueda ser evaluado.